NORMATIVIDAD AMBIENTAL.
En su Artículo 79, la Constitución Nacional (CN) consagra que: ¨ Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo
Conoce cuáles son los tipos de contaminación ambiental
Cada vez somos más conscientes de la importancia de cuidar el medio ambiente. Pero, ¿sabrías enumerar los siete tipos de contaminación ambiental más importantes? Todavía queda mucho por hacer si queremos que las generaciones que vienen detrás tengan un planeta que heredar. Las consecuencias de un mundo contaminado son conocidas: cambio climático, efecto invernadero, calentamiento global… Conozcamos qué tipos de contaminación ambiental existen.
Tipos de contaminación ambiental.
Contaminación atmosférica
También conocida como polución, es uno de los tipos de contaminación ambiental más famosos. Se produce a causa de la emisión de sustancias químicas a la atmósfera que afectan directamente a la calidad del aire. El más conocido es el monóxido de carbono. Pero existen otros como el dióxido de azufre, CFCs (clorofluorocarbonos) y óxidos de nitrógeno.
Contaminación hídrica
Afecta a ríos, fuentes de agua subterránea, lagos y mar cuando se liberan residuos contaminantes. Este tipo de contaminación ambiental afecta directamente a las especies animales, vegetales y también al ser humano ya que convierte el agua potable en un recurso no apto para su consumo.
Contaminación del suelo
Una vez más las sustancias químicas de uso común en la agricultura intensiva son las causantes de este tipo de contaminación. Aunque no son las únicas. Las baterías (de los teléfonos móviles por ejemplo), las pilas o los vertederos también liberan sustancias nocivas que se filtran en el suelo
Contaminación acústica
Si vives en un barrio muy ruidoso, cerca de un aeropuerto, autopistas o de una zona de discotecas sabrás muy bien de lo que hablamos. La contaminación acústica se produce con cualquier ruido excesivo ya sea en proporción, frecuencia, tono, volumen o ritmo.
Contaminación lumínica
Se produce especialmente en las ciudades durante la noche y hace referencia a la iluminación artificial excesiva que emiten las poblaciones. De igual manera que la acústica, este tipo de contaminación ambiental no compromete la supervivencia de los seres humanos. Sin embargo, produce enfermedades como las relacionadas con la visión, alteraciones del sueño o migrañas.
Contaminación térmica
Seguro que alguna vez has escuchado las graves consecuencias que puede tener para el medio ambiente que la Tierra aumente su temperatura. Esto está relacionado con el último de los tipos de contaminación ambiental más importantes: la contaminación térmica.
El aumento de la temperatura (o calentamiento global) afecta a los polos y los glaciares. Se calcula que la Antártida ha multiplicado su deshielo por cuatro en los últimos 25 años, lo que está provocando (lo estamos viviendo ya) consecuencias muy negativas.
Aquí hemos repasado los tipos de contaminación ambiental más importantes, pero existen muchos más. Es el caso de la radiactiva, la electromagnética, la alimentaria, la química, biológica o genética.
¿QUÉ ES LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y PARA QUÉ SIRVE?
Lo primero que debes saber es que la Revisión Técnico-Mecánica es obligatoria por ley (Ley 769 de 2002, modificado por el Decreto 019 de 2012, Capítulo 15, Artículo 52) y exigida por las autoridades de tránsito de forma anual, a través de un documento público, expedido por los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), a partir del sexto año de la fecha de matrícula del automóvil.
La Revisión Técnico-Mecánica garantizará que los vehículos tienen las condiciones mecánicas óptimas y necesarias para poder circular por las vías públicas de Bogotá y el territorio nacional.
En los CDA se revisará la carrocería del vehículo, el estado de frenos, suspensión, neumáticos, el estado eléctrico, equipo de carretera, sincronización, el estado de la seguridad activa y pasiva del automóvil, documentación al día y la emisión de gases contaminantes conforme a la normativa vigente.
Revisión de gases: qué es
La regulación de gases contaminantes en vehículos es una iniciativa que tiene como finalidad reducir el deterioro de la calidad del aire y accidentalidad vial. Para ello, se desarrolló la llamada Revisión Técnico Mecánica y de Gases, la cual es obligatoria tanto para carros, como para motos, y se realiza en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) certificados.

Las evaluaciones se rigen por las siguientes normas técnicas colombianas:
NTC 5365, con el fin de conocer la cantidad de gases contaminantes en motocicletas, motociclos, y mototriciclos
NTC 5375 establece los requisitos para la revisión técnico-mecánica en los CDA para los vehículos automotores, entre otros en cuanto a emisiones contaminantes.
NTC 5385 se refiere a establecer las condiciones mínimas en cuanto a personal, instalaciones y equipos.
De la misma manera, de acuerdo al tipo de combustible que utilice el vehículo (gasolina, diésel y motos) existe una norma técnica específica, elaborada por Incotec y aprobada por el Ministerio de Ambiente.

En los CDA, los equipos funcionan con un software idéntico y deben ser calibrados frecuentemente. De no hacerlo, el CDA puede ser sancionado o inhabilitado.

¿Qué sustancias se evalúan en la revisión de gases contaminantes?
En el siguiente cuadro podrás observar los tipos de gases que producen los vehículos y sus consecuencias en los seres humanos y el ambiente si no son controlados:

Dióxido de Carbono (CO2)
Se produce al quemar combustibles que contienen carbono, por ejemplo, la gasolina y el gasoil. No es un gas tóxico pero reduce el estrato de la atmósfera que protege contra los rayos UV.
Monóxido de Carbono (CO)    
Se produce por la combustión incompleta de combustibles con carbono. Altamente tóxico.
Óxidos Nítricos (NOx)    
Combinación de nitrógeno y oxígeno. Se produce gracias a una alta presión, alta temperatura y exceso de oxígeno durante la combustión del motor. Afecta principalmente el sistema respiratorio.
Hidrocarburos (HC)    
Surge de los restos no quemados de combustible. Algunos son cancerígenos.
Material Particulado (MP)    
Son partículas generadas en los motores diésel en forma de hollín o cenizas. Pueden causar deficiencias cardíacas y/o pulmonares.

Regulación de las emisiones de gases contaminantes de vehículos de ACPM y motocicletas 2019
El pasado mes de julio fue sancionada la Ley 1972 que establece medidas para el control de las emisiones contaminantes al aire provenientes de automotores que utilizan tecnología diésel y las de las motocicletas que circulan en todo el territorio nacional.
Para vehículos diésel
Se estableció que para el combustible diésel, a partir del 1° de enero de 2023, el contenido de azufre en el ACPM se permitirá entre 15 y 10 partes por millón (ppm), y desde el 1° de enero de 2025 estos niveles no podrán superar las 10 ppm.
Estos topes de los niveles de azufre se basan en la norma Euro VI, que fue adoptada por la Unión Europea (UE) en 2007
La norma además establece que a partir del 1° de enero de 2035 todos los vehículos diésel deberán cumplir los estándares de tecnologías Euro VI.
Para motocicletas
Para el caso de las nuevas dispone que a partir del 1° de enero de 2021, todos los vehículos de este tipo que circulen por el país deben cumplir la norma Euro 3 o superior, que regula las emisiones de monóxido de carbono, hidrocarburos y óxido nitroso.
Con respecto a las motos que ya se encuentran en circulación, la Ley señala que los Ministerios de Transporte y Ambiente deberán establecer un cronograma de renovación de este parque automotor, de tal forma que en 2030 se cumplan con los estándares de la norma Euro 3 o superior en el país.
Transporte público
En materia de automotores de servicio público en el país, la norma ordena que “a partir del 1° de enero de 2030 todos los Sistemas Integrados de Transporte Masivo (SITM), Sistemas Estratégicos de Transporte Público (SETP), Sistemas Integrados de Transporte Público (SITP) y los Sistemas Integrados de Transporte Regional (SITR) deberán contar con un mínimo de 20% de la flota total nueva correspondiente a tecnología cero emisiones”.


La Revisión Técnico-Mecánica (RTM) es obligatoria para los vehículos de Bogotá y del resto del país, a partir del sexto año contado de la fecha de la matrícula del vehículo. 


¿Quienes están exentos de pasar la Revisión Técnico-Mecánica?
Según el Ministerio de Transporte, estarán exentos de la RTM los vehículos registrados como clásicos (35 años de antigüedad) o antiguos (50 años), maquinaria agrícola, montacargas, maquinaria de construcción y de minería.
Cabe recordar que para el caso de los vehículos extranjeros, la RTM deberá hacerse a partir del tercer mes de estadía en Colombia.
Recuerda que la Revisión Técnico-Mecánica es válida en todo el país y es de vital importancia hacerla, para garantizar la seguridad vial, el correcto funcionamiento de tu vehículo e incluso, tu integridad, al prevenir desperfectos que puedan terminar en accidentes.
Nuevos tipos de vehículos incluidos
¡Ojo! A partir de 2020, según la resolución 0006589 del Ministerio del Transporte, los ciclomotores, tricimotos, cuadriciclos y motos eléctricas quedaron incluidos en el listado. Así, la revisión inicial de estos vehículos se realizará al cumplir dos años a partir de su fecha de matrícula y posteriormente se debe realizar cada año.
¿Cuál es la sanción si no se tiene la Revisión Técnico-Mecánica?
Si transitas con el certificado de la Revisión Técnico-Mecánica vencido o no lo presentas a la Policía de Tránsito cuando te lo requieran, tendrás que pagar una multa de $438.900. Además tu vehículo será inmovilizado y trasladado a los patios.
¿Dónde se puede realizar la RTM en Bogotá?
En los Centros de Diagnóstico Automotor. Es indispensable que consultes primero si el CDA donde lo vas a llevar está autorizado. De lo contrario, el certificado no será válido y te conllevará a un problema legal por tratarse de un documento público y la consiguiente multa. Puedes ingresar al siguiente link y fijarte en los CDA autorizados por el Ministerio de Transporte.
C.35 No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes, además el vehículo será inmovilizado.

Límites máximos permisibles de emisión para motocicletas, motociclos, mototriciclos, accionados con mezcla de gasolina aceite (dos tiempos) en condición de marcha mínima o ralentí.

Límites máximos permisibles de emisión para motocicletas, motociclos, mototriciclos, accionados con gasolina (cuatro tiempos) en condición marcha mínima o ralentí.

Límites máximos de emisión permisibles para vehículos accionados con gasolina en velocidad de crucero y en condición de marcha mínima, ralentí o prueba estática.
Parágrafo Segundo: A partir de los vehículos año modelo 2010, los comercializadores representantes de marca, importadores, fabricantes o ensambladores de dichos vehículos deberán garantizar una emisión máxima permisible equivalente al 80%del valor establecido en la Tabla para los vehículos con año modelo 1998 y posterior.Límites máximos de opacidad permisibles para vehículos accionados con Diesel (ACPM) en aceleración libre

Código de Tránsito de Colombia
TÍTULO III - NORMAS DE COMPORTAMIENTO
CAPÍTULO IX - PROTECCIÓN AMBIENTAL
ARTÍCULO 103. NIVELES PERMISIBLES DE EMISIÓN DE FUENTES MÓVILES.El Gobierno Nacional reglamentará, los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres que funcionan con cualquier tipo de combustible apto para los mismos y los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones.
ARTÍCULO 104. NORMAS PARA DISPOSITIVOS SONOROS.
Todo vehículo deberá estar provisto de un aparato para producir señales acústicas de intensidad, no superior a los señalados por las autoridades ambientales, utilizable únicamente para prevención de accidentes y para casos de emergencia. Se buscará por parte del Ministerio de Transporte y el Ministerio del Medio Ambiente reducir significativamente la intensidad de pitos y sirenas dentro del perímetro urbano, utilizando aparatos de menor contaminación auditiva.
El uso de sirenas, luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares está reservado a los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte.
Se prohíbe el uso de sirenas en vehículos particulares; el uso de cornetas en el perímetro urbano; el uso e instalación, en cualquier vehículo destinado a la circulación en vías públicas, de toda clase de dispositivos o accesorios diseñados para producir ruido, tales como válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de frenos de aire; el uso de resonadores en el escape de gases de cualquier fuente móvil y la circulación de vehículos que no cuenten con sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento. El tránsito de transporte pesado por vehículos como camiones, volquetas o tractomulas estará restringido en las vías públicas de los sectores de tranquilidad y silencio, conforme a las normas municipales o distritales que al efecto se expidan, teniendo en cuenta el debido uso de las cornetas.
Límites máximos de emisión de ruido permisibles para vehículos automotores en prueba estática.

Límites máximos de emisión de ruido permisibles para motocicletas, motociclos y mototriciclos en prueba estática.

Límites máximos permisibles de emisión de ruido producido por bocinas de automotores en circulación.

LO QUE DEBE SABER DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EURO
Todo por el bien del planeta y la evolución del sector automotor.
 El futuro del sector automotor mundial va girando en torno a las nuevas tecnologías como la conducción autónoma y mientras esta se desarrolla y llega a madurar, la evolución de las tecnologías limpias es una alternativa cada vez más viable
Es así como la Normativa Ambiental Europea (EURO), siempre ha estado acompañado del desarrollo de innovadoras y nuevas tecnologías.
Un inicio oscuro pero...
A mediados de la década de los 80’s comienza la preocupación por la gran cantidad de gases tóxicos que despedían tanto los carros particulares, pero en especial, el transporte público de pasajeros. La polución año tras año ya no era cosa sólo de las grandes ciudades o de los países emergentes, era responsabilidad de todos
Esto gracias a que los vehículos utilizaban la inyección mecánica, conocida como carburación, que generaba una cantidad importante de humo que era expulsado y afectaba directamente la atmósfera.
Con el fin de conseguir un mayor control sobre el combustible, se utilizaron componentes electrónicos en los vehículos para administrar la cantidad justa y necesaria a la cámara de combustión a través de inyectores.
Fue en 1992 cuando se comenzó a regular, en Europa, la normatividad del uso EURO I, una tecnología que obligaba a reducir las emisiones tanto a vehículos diésel y de gasolina.
El componente de esta nueva tecnología tuvo como función reducir y trasformar los gases de combustión del vehículo. Después la tecnología EURO II, introdujo el turbo con Intercooler, encargado de enfriar el aire comprimido del motor, logrando una mayor potencia del vehículo.
La tecnología EURO III, incorporó diagnósticos electrónicos en el vehículo como una fuente de información para el conductor, logrando una operación más fiable. La EURO IV, mejora el pos-tratamiento, medida que debe adoptarse contra la contaminación del aire causada por los gases procedentes de los motores de los vehículos.
Y en el caso de la tecnología EURO V, no solo perfecciona estos procesos, sino que al mismo tiempo involucra la optimización de la combustión y otros componentes del motor, que en algunas marcas logran generar beneficios económicos para sus clientes.
A finales de 2013 por fin se pudo aplicar la normatividad EURO V en el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), y la tecnología EURO IV se pasó para los servicios de transporte urbano e intermunicipal. Esta regulación busca disminuir la concentración de gases contaminantes y ayuda a mejorar la calidad del aire.  
La tecnología EURO V en Colombia
-El uso de los vehículos EURO V no es solo un avance tecnológico, también es un desarrollo enfocado en ayudar a disminuir la contaminación ambiental que afecta la calidad de vida de la población.
-La tecnología EURO V no es costosa, sigue siendo tan accesible como la tecnología EURO IV.
-La tecnología EURO V tiene los mismos principios de funcionamiento que la tecnología EURO IV, y por lo tanto tiene el mismo costo de mantenimiento; la diferencia radica en la optimización de la combustión y la calibración del motor, en donde los niveles de NOx (Oxido de nitrógeno) y MP (material particulado) se reducen para cumplir los requisitos sobre emisiones de la norma.
-Un vehículo con tecnología EURO I, contamina el equivalente a cinco vehículos EURO V. Adicionalmente, el EURO I contamina 30 veces el valor de material particulado que un vehículo EURO IV o EURO V.
CHATARRIZACIÓN
Mediante Resolución 12379 de 2012, del Ministerio de Transporte, se adoptan los procedimientos y se establecen los requisitos para adelantar los trámites ante los organismos de tránsito. En los numerales 6, 7 y 8 del artículo 16, se establecen el procedimiento y los requisitos para la cancelación de la matrícula de los vehículos en los casos que implican la desintegración, destrucción total o pérdida total del vehículo, a saber: – Decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo. – Destrucción total o pérdida total originada en un accidente de tránsito. – Destrucción total o pérdida total originada en un caso fortuito o fuerza mayor
PROBLEMÁTICA ASOCIADA AL PARQUE AUTOMOTOR Y AL PROCESO DE “CHATARRIZACIÓN”
Los principales problemas ambientales relacionados con las características del parque automotor propio de las principales ciudades y con el proceso de “chatarrización” que se aplicó en el país hasta la emisión de la Resolución 1606 de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, son los siguientes: 1. El tipo y la cantidad de emisiones contaminantes y gases efecto invernadero (GEI), generadas por la operación de vehículos tecnológicamente obsoletos que son objeto de un deficiente mantenimiento y producen contaminantes en una proporción mucho mayor que otros vehículos. 2. Las descargas de fluidos peligrosos a la atmósfera, al suelo y a las aguas causadas por vehículos abandonados a la intemperie en diferentes partes, incluyendo patios de las autoridades de tránsito, de la Fiscalía General de la Nación y de otras entidades del Estado. Estos vehículos también generan contaminación visual y en muchas ocasiones invasión del espacio público. 3. Las descargas de estos mismos fluidos al suelo y a las aguas, producidas durante el proceso de “chatarrización” debido a la aplicación de algunos procedimientos ambientalmente inadecuados. 4. La alta proporción de residuos peligrosos, no peligrosos y RAEE generados durante el proceso de “chatarrización” que no son aprovechados y que contribuyen a reducir la vida útil de los rellenos sanitarios. El procedimiento de “chatarrización” aplicado resulta ineficiente en la recuperación de materiales que podrían ser incorporados en nuevos procesos productivos. 5. Las relativamente bajas tasas de recuperación de los materiales que constituyen los vehículos desintegrados, que no maximizan la reducción del consumo de recursos extraídos directamente de la naturaleza y la reducción del consumo de agua y energía eléctrica asociado a la producción de estos insumos, que es mucho más alto que el requerido en el procesamiento de igual cantidad de material reciclado. Por otra parte, la quema de combustibles fósiles causada por la operación de los motores de combustión interna de los vehículos genera emisiones de GEI, especialmente dióxido de carbono - CO2 (para el caso de vehículos accionados con diésel, gasolina y gas natural), óxidos de nitrógeno - NOX (para el caso del diésel y la gasolina), metano - CH4 (para el caso del gas natural cuando hay combustión incompleta), vapor de agua y el ozono que se genera de forma indirecta (contaminante secundario).

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